Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1858 de 1995 · por el cual se reglamenta el subsidio de aportes al Sistema General de Pensiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Solicitud del subsidio. La entidad administradora del Fondo de Solidaridad Pensional otorgará el subsidio a los trabajadores, y a los empleadores por intermedio de aquellos, pertenecientes a los grupos de población que el Conpes determine cada año en el Plan Anual de Cobertura, como población objetivo. Tales trabajadores podrán tramitar el formulario de solicitud del subsidio directamente ante la administradora del Fondo de Solidaridad Pensional, o por intermedio de los promotores de las entidades administradoras de pensiones autorizadas para administrar el subsidio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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