Micelio

Artículo 14

Decreto 3267 de 1954 · Por el cual se promulga la Convención sobre el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cada uno de los Estados Contratantes conviene en acordar a las personas al servicio del Instituto, o que se realicen estudios auspiciados por él, todas aquellas facilidades que puedan conceder en cuanto concierne a exenciones de impuestos y otros recargos que afecten la entrada, viajes y residencia en tales personas, conforme a sus leyes y reglamentos.

"Firma y ratificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3267 de 1954