º Los gastos que implique el funcionamiento de vehículos, sean o no propiedad de la Nación, que están al servicio de la Presidencia de la república, serán atendidos con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Decreto 2187 de 1976 →Vigente
Artículo 2
Los Gastos Que Implique El Funcionamiento De Vehículos, Sean O No Propiedad De La Nación, Que Están Al Servicio De La Presidencia De La República, Serán Atendidos Con Cargo Al Presupuesto Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República
Decreto 2187 de 1976 · Por el cual se modifica el Decreto número 628 de 1963
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.