Micelio

Artículo 10

Coordinación Y Conformación

Decreto 1710 de 2020 · Por el cual se adopta el Mecanismo Articulador para el Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Sexo y Género, de las mujeres, niños, niñas y adolescentes, como estrategia de gestión en salud pública y se dictan disposiciones para su implementación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Coordinación y conformación. El Comité de Promoción y Prevención será coordinado por el Ministerio de Salud y Protección Social, la Consejería para la Equidad de la Mujer y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, alternando la secretaría técnica entre ellos y estará conformado, por las personas delegadas de carácter técnico de las siguientes autoridades: 10.1. Ministerio del Interior 10.2. Ministerio de Relaciones Exteriores 10.3. Ministerio de Justicia y del Derecho 10.4. Ministerio de Defensa Nacional 10.5. Ministerio del Trabajo 10.6. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo 10.7. Ministerio de Educación Nacional 10.8. Ministerio de las Tecnologías de Información y Comunicación 10.9. Ministerio de Cultura 10.10. Departamento Administrativo para la Prosperidad Social 10.11. Consejería Presidencial de Derechos Humanos 10.12. Consejería Presidencial para la Niñez y Adolescencia 10.13. Agencia para la Reincorporación y la Normalización 10.14. Consejería Presidencial para las Juventudes 10.15. Unidad Administrativa -Migración Colombia 10.16. Policía Nacional 10.17. Fiscalía General de la Nación Serán invitadas permanentes: Delegada de la Procuraduría General de la Nación Delegada de la Defensoría del Pueblo

Parágrafo

Las delegaciones de las personas que participan en el Comité deberán efectuarse mediante acto de delegación, en la que se especifique nombre y cargo de las personas designadas, dependencia, grupo u oficina a la que pertenecen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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