Micelio

Artículo 1

O A Partir Del 1° De Enero De 1992, Fíjase La Siguiente Escala De Remuneración Mensual Para Los Empleos De La Unidad Administrativa Especial Dirección De Impuestos Nacionales, Establecidos Por El Decreto 1645 De 1991

Decreto 877 de 1992 · por el cual se fija la escala de remuneración para los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o A partir del 1° de enero de 1992, fíjase la siguiente escala de remuneración mensual para los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales, establecidos por el Decreto 1645 de 1991. ESCALA SALARIAL GRADO ASIGNACION BASICA 01 73.101 02 78.046 03 83.308 04 85.527 05 93.769 06 99.475 07 105.942 08 116.593 09 125.976 10 138.973 11 139.924 12 146.835 13 150.195 14 162.051 15 166.108 16 175.175 17 177.330 18 185.128 19 185.889 20 193.878 21 196.794 22 208.713 23 212.898 24 222.788 25 232.995 26 245.549 27 260.384 28 276.932 29 293.669 30 308.505 31 322.580 32 327.652 33 337.288 34 345.340 35 352.124 36 353.963 37 378.118 38 387.565 39 406.077 40 415.714 41 424.654 42 491.477 43 509.166 44 540.232 45 585.119 46 661.643 47 731.256

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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