ARTICULO UNICO Autorízase al Poder Ejecutivo a adherir al "Tratado sobre la protección de muebles de valor histórico," abierto a la firma de los estados miembros de la Unión Panamericana, según recomendación hecha a los Gobiernos en la Séptima Conferencia Internacional Americana, por Resolución número XIV, Tratado que a la letra dice:
" Tratado sobre la protección de muebles de valor histórico ."
"Las Altas Partes contratantes, deseosas de procurar a todos los países signatarios el conocimiento, la protección y conservación de los monumentos muebles precolombinos, coloniales y de la época de la emancipación y de la Republica que existen en cada una de ellas, mediante medidas de cooperación, han resuelto celebrar una Convención, y, al efecto, han convenido en los artículos siguientes: