°. Apruébase la Resolución número 309 de fecha 5 de mayo de 1971 dictada por el Superintendente de Notariado y Registro, cuyo texto es el siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO 309 DE 1971 (mayo 5) por la cual se determina la estructura y planta de personal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Manizales. El Superintendente de Notariado y Registro en uso de las facultades que le confiere el artículo 62 del Decreto-ley número 1250 de 1970, RESUELVE: Artículo 1°. La estructura y planta de personal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Manizales será la siguiente: No. Cargo Clase Categoría Sueldo 1 Registrador $ 12 000.00 1 Secretario General Abogado I 26 5.450.00 1 Secretario Mecanógrafo. II 12 1.440.00 1 Cajero I V 14 1.740.00 1 Contador (Pagador) I 17 2.310.00 4 Sustanciadores II 15 1.910.00 1 Catalogador I 13 1.580.00 1 Auxiliar Servicios Generales I V 12 1.440.00 1 Aseador III 7 890.00 1 Celador III 9 1.080.00 Artículo 2°. Esta Resolución rige desde la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 1042 de 1971 →Vigente
Artículo 1
Apruébase La Resolución Número 309 De Fecha 5 De Mayo De 1971 Dictada Por El Superintendente De Notariado Y Registro, Cuyo Texto Es El Siguiente: Resolución Numero 309 De 1971 (Mayo 5) Por La Cual Se Determina La Estructura Y Planta De Personal De La Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Del Círculo De Manizales
Decreto 1042 de 1971 · Por el cual se aprueba la Resolución 309 del 5 de mayo de 1971, expedida por el Superintendente de Notariado y Registro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.