° Deróganse los artículos 1°, 3° y 10 del Decreto 2037 de 1917, y en los términos del presente Decreto quedan reformados los artículos 6°, 7°, 12, 13 y 14 del mismo Decreto. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1492 de 1918 →Vigente
Artículo 3
Deróganse Los Artículos 1°, 3° Y 10 Del Decreto 2037 De 1917, Y En Los Términos Del Presente Decreto Quedan Reformados Los Artículos 6°, 7°, 12, 13 Y 14 Del Mismo Decreto
Decreto 1492 de 1918 · Que reforma el número 2037 de 1917, sobre cambio de billetes y otras disposiciones relativas a los representativos de oro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.