Micelio

Artículo 1

Decreto 257 de 1967 · Por el cual se reajustan las asignaciones del Superintendente Bancario y de sus Delegados

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir del primero (1°) de febrero del presente año, los sueldos del Superintendente Bancario y de cada uno de los dos Delegados quedarán así: Superintendente, ocho mil pesos de sueldo y dos mil de gastos de representación; Delegados, siete mil pesos de sueldo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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