De conformidad con el numeral 12 del artículo 76 de la Constitución Política, facúltase al Presidente de la República por el término de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de esta ley, para crear el Fondo de Prestaciones del Instituto de Investigaciones Tecnológicas con el objeto de garantizar la continuidad en las actividades de dicha entidad en el marco de la reestructuración que al efecto diseñe el propio Gobierno.
Ley 50 de 1990 →Vigente
Artículo 114
Ley 50 de 1990 · LEY 50 DE 1990, 28/12/1990, Por la cual se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.