Corresponde a los consejos directivos de los establecimientos públicos:
Formular a propuesta del representante legal, la política general del organismo, los planes y programas que, conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del Presupuesto deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de éstos, al Plan Nacional de Desarrollo;
Formular a propuesta del representante legal, la política de mejoramiento continuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo;
Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la administración de la entidad;
Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura orgánica que consideren pertinentes y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus actos de creación o reestructuración;
Aprobar el proyecto de presupuesto anual del respectivo organismo;
Las demás que les señalen la ley, el acto de creación y los estatutos internos.