Autorización de procesos de fusión, de escisión o cualquier otra forma de reorganización empresarial por la Superintendencia de Valores. Cuando en determinado proceso de fusión, de escisión o cualquier otra forma de reorganización empresarial participe una sociedad cuyas acciones se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, que esté sometida a la vigilancia de una entidad estatal distinta a la Superintendencia de Valores, y surja entre los accionistas un conflicto con relación al valor fijado para la relación de intercambio de unas acciones por otras, o respecto de la participación en las distintas sociedades que se produzca como resultado de estos procesos, le corresponderá a la entidad que autorizó el proceso conocer el respectivo trámite, para lo cual contará con las facultades que la ley concede a la Superintendencia de Valores sobre la materia.
Decreto 1122 de 1999 →Inexequible
Artículo 182
Decreto 1122 de 1999 · Por el cual se dictan normas para suprimir trámites, facilitar la actividad de los ciudadanos, contribuír a la eficiencia y eficacia de la Administración Pública y fortalecer el principio de la buena fe
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.