Micelio

Artículo 1

Para Efectos De Los Artículos 10 Y 11 De La Ley 182 Do 1948, El Propietario O Los Propietarios De Los Diversos Pisos O Departamentos De Un Inmueble Construido O Por Construir, Podrán Adoptar El Reglamento De Copropiedad Sin Necesidad De Autorización Distrital, Municipal, De-Partamental O Metropolitana

Decreto 107 de 1983 · Por el cual se reglamenta la Ley 182 de 1948, el numeral 6º del artículo 4º del Decreto 2610 de 1979 y se derogan algunas disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para efectos de los artículos 10 y 11 de la Ley 182 do 1948, el propietario o los propietarios de los diversos pisos o departamentos de un inmueble construido o por construir, podrán adoptar el reglamento de copropiedad sin necesidad de autorización distrital, municipal, de-partamental o metropolitana

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 107 de 1983