Micelio

Artículo 97

Ley 2063 de 2020 · por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2021.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, podrá autorizar la destinación definitiva de activos que se encuentren extintos en favor de la nación y que sean administrados por el FRISCO, para el apalancamiento como contrapartida de los proyectos estratégicos que tengan como finalidad la reactivación económica del pais, la generación de empleo o la solución de necesidades en materia de derechos humanos, infraestructura para instalaciones militares y carcelarias, así como de defensa y seguridad del Estado.

Estos proyectos deberán ser de iniciativa de otro Ministerio o entidad descentralizada del Nivel Nacional y deberán contar con participación privada, y tener como presupuesto un mínimo igual al valor comercial del activo, que deberá ser certificado por el administrador del FRISCO.

En los activos seleccionados se podrá llevar a cabo la implementación del proyecto o podrán utilizarse como medio de pago, garantía o fuente de financiación para adelantar la formulación, estructuración y ejecución del proyecto, así como dación en pago para honrar las obligaciones asumidas por la Nación.

Si los proyectos a que se refiere este articulo son encargados para su ejecución a un particular, la remuneración, total o parcial podrá hacerse con los aportes, en dinero o en especie, según el mecanismo jurídico diseñado para tal fin.

Parágrafo

El Administrador del FRISCO estará habilitado para la constitución de Fiducias Mercantiles en las que se transfiera la propiedad de los activos, a través de la conformación de un patrimonio autónomo cuyo objeto radique en el desarrollo de los proyectos previstos en este artículo o en programas y/o proyectos de renovación urbana o desarrollo urbano que tengan componentes de utilidad pública o interés social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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