Artículo cuarto. Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo a las respectivas apropiaciones del actual presupuesto del Ministerio de Justicia, recientemente adicionadas para tal efecto, y a lsa correspondientes que se liquiden en las vigencias fiscales venideras. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2101 de 1953 →Vigente
Artículo 4
Decreto 2101 de 1953 · Por el cual se determina el personal de la Casa de Menores y Escuela de Trabajo de Fagua (Cajicá) y se le fijan las correspondientes asignaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.