Micelio

Artículo 3

Los Delitos De Deserción, Abandono Del Puesto Y Abandono Del Servicio Continuarán Investigándose Y Fallándose Por El Procedimiento Especial De Que Trata El Artículo 590 Del Código De Justicia Penal Militar

Decreto 593 de 1970 · Por el cual se atribuye a la Justicia Penal Militar el conocimiento de algunas infracciones previstas en las leyes penales comunes

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los delitos de deserción, abandono del puesto y abandono del Servicio continuarán investigándose y fallándose por el procedimiento especial de que trata el artículo 590 del código de Justicia Penal Militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 593 de 1970