Micelio

Artículo 7

º Se Entiende Por Producto Perecedero El Que Por Su Composición Y Características Físico - Químicas Y Biológicas Puede Experimentar Alteración De Diversa Naturaleza En Un Tiempo Determinado Y Que Requiere Por Tal Razón Condiciones Especiales En El Proceso, Conservación, Almacenamiento, Transporte Y Expendio

Decreto 2092 de 1986 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VI y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a elaboración, envase o empaque, almacenamiento, transporte y expendio de Medicamentos, Cosméticos y similares

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Se entiende por Producto Perecedero el que por su composición y características físico - químicas y biológicas puede experimentar alteración de diversa naturaleza en un tiempo determinado y que requiere por tal razón condiciones especiales en el proceso, conservación, almacenamiento, transporte y expendio.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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