Micelio

Artículo 10

De Los Requisitos Para El Ejercicio De Los Empleos

Decreto 1902 de 1990 · por el cual se establece el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de los empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión -Inravisión- y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los requisitos para el ejercicio de los empleos. Para desempeñar los empleos correspondientes a cada uno de los niveles de que trata el artículo 3° de este Decreto, ser necesario reunir los siguientes requisitos generales

a)

Directivo. Los fijados en las leyes y en las normas orgánicas del Instituto Nacional de Radio y Televisión -Inravisión -.

b)

Ejecutivo. Título universitario con experiencia profesional o experiencia en el ramo administrativo - técnico o docente, según se establezca en el Manual de Funciones.

c)

Profesional. Grado universitario o título universitario de especialización y experiencia profesional según se establezca en el Manual de Funciones.

d)

Técnico. Educación superior o secundaria y conocimientos específicos y experiencia técnica conforme lo disponga el Manual de Funciones.

e)

Administrativo. Educación superior o secundaria y conocimientos específicos y experiencia administrativa conforme lo disponga el Manual de Funciones.

f)

Operativo. Educación primaria o media y conocimientos específicos y experiencia en las respectivas actividades, de acuerdo con el Manual de Funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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