Micelio

Artículo 1

El Recaudo Por Concepto De Inversiones Forzosas En Acciones De Acerías Paz Del Rio, Fondo Ganaderos, Y Banco Ganadero, Se Efectuará Simultáneamente Con El Del Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios, Y Únicamente Por La Oficinas Recaudadoras De Hacienda Nacional, O Por Los Bancos Autorizados Por El Ministro De Hacienda Y Crédito Público

Decreto 1419 de 1960 · Por el cual se regula el recaudo por concepto de las inversiones forzosas en acciones de Acerias Paz del Río, fondos Ganaderos y Banco Ganadero

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El recaudo por concepto de inversiones forzosas en acciones de Acerías Paz del Rio, Fondo Ganaderos, y banco Ganadero, se efectuará simultáneamente con el del impuesto sobre la renta y complementarios, y únicamente por la Oficinas Recaudadoras de Hacienda Nacional, o por los Bancos autorizados por el Ministro de hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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