Articulo 3º El personal, herramientas y demás enseres los pondrá el Ministerio a la orden de la Junta, según el arreglo que al efecto se haga posteriormente.
Decreto 292 de 1922 →Vigente
Artículo 3
El Personal, Herramientas Y Demás Enseres Los Pondrá El Ministerio A La Orden De La Junta, Según El Arreglo Que Al Efecto Se Haga Posteriormente
Decreto 292 de 1922 · Por el cual se reorganizan los trabajos de la carretera del Sur, en la sección de Bogotá a Sibaté
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.