Micelio

Artículo 47

El Instituto Podrá También, Con Autorización De La Junta Directiva, Propiciar Y Garantizar Préstamos Con Cualesquiera Entidades Nacionales O Extranjeras Con El Objeto De Estimular El Establecimiento De Centros De Colonización Que, A Su Juicio, Convengan A Los Intereses Económicos Del País

Decreto 2436 de 1953 · Por el cual se reglamenta el Decreto - ley 1894, de 18 de julio de 1953, que crea el Instituto de Colonización e Inmigración

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 47. El Instituto podrá también, con autorización de la Junta Directiva, propiciar y garantizar préstamos con cualesquiera entidades nacionales o extranjeras con el objeto de estimular el establecimiento de centros de colonización que, a su juicio, convengan a los intereses económicos del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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