Proceso de evaluación y seguimiento al régimen salarial y prestacional de los profesores universitarios. En ejercicio de la suprema función de Inspección y Vigilancia y para velar porque las Universidades estatales u oficiales, cumplan con el presente decreto, atendiendo la naturaleza de servicio público cultural y la función social que les es inherente, el Ministro de Educación Nacional desarrolla un proceso de evaluación y seguimiento al régimen salarial de los profesores universitarios, verificando el cumplimiento de las disposiciones legales y estatuarias que las rigen y que las universidades en ejecución del mismo apliquen debidamente sus rentas y las conserven. El Ministro de Educación Nacional, hace el seguimiento al régimen salarial y prestacional de los profesores universitarios, apoyado en un grupo especial donde se analizarán los aspectos técnicos y académicos que se deriven del mismo.
Decreto 1279 de 2002 →Vigente
Artículo 61
Proceso De Evaluación Y Seguimiento Al Régimen Salarial Y Prestacional De Los Profesores Universitarios
Decreto 1279 de 2002 · por el cual se establece el régimen salarial y prestacional de los docentes de las Universidades Estatales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.