Sesiones . La Comisión Intersectorial de las Mujeres sesionará de manera ordinaria mínimo dos (2) veces al año y de manera extraordinaria a solicitud de uno de sus miembros o cuando sea citado por la Secretaría Técnica. Sin perjuicio de lo establecido en el presente decreto, el reglamento interno que deberá ser aprobado por los integrantes de la Comisión establecerá los mecanismos y requerimientos para deliberar y decidir, así como las obligaciones de sus miembros, presidente y secretaría técnica.
El quórum decisorio, corresponderá a la mitad más uno de los integrantes habilitados, quienes deberán estar presentes durante todo el proceso de votación para manifestar su voluntad y resolver válidamente sobre cualquier asunto sometido a su estudio.