El artículo 108 del Decreto 2620 de 2000, quedará así: Artículo 108 . Ampliación de la vigencia de los subsidios asignados . Amplíase la vigencia de los subsidios asignados durante 1999 y el primer semestre de 2000, hasta el 31 de octubre de 2001."
Decreto 1585 de 2001 →Vigente
Artículo 15
El Artículo 108 Del Decreto 2620 De 2000, Quedará Así: Artículo 108
Decreto 1585 de 2001 · por el cual se modifica y adiciona el Decreto 2620 de diciembre 18 de 2000, se modifican parcialmente los Decretos 1539 de 1999 y 1746 de 2000 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.