Micelio

Artículo 2.2.6.5.5.9

Superación De La Situación De Vulnerabilidad Voluntaria Por Parte De Las Víctimas

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Superación de la situación de vulnerabilidad voluntaria por parte de las víctimas. Las personas víctimas del desplazamiento forzado podrán manifestar de manera voluntaria, libre, espontánea y consciente a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, que consideran que han superado la situación de vulnerabilidad derivada del desplazamiento forzado, sin perjuicio de que la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas realice la verificación respectiva con las herramientas pertinentes.

(Decreto 2569 de 2014, artículo 27)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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