° Ambito de aplicación. El ámbito de aplicación del Régimen de Información son las organizaciones de salud que autónomamente establezcan los municipios, los distritos, las áreas metropolitanas, los departamentos, las intendencias, las comisarías, y las entidades públicas y privadas del Sistema de Salud, y de otros sectores que inciden en los factores de riesgo para la salud.
Las entidades privadas de salud y, en general, todas las entidades públicas y privadas de otros sectores, en los aspectos que se relacionan directa o indirectamente con el Sistema de Salud, deberán participar en el proceso de información que establezca el Régimen de Información, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 10 de 1990.