A Partir Del 1º De Enero De 1987, Establécense Las Siguientes Remuneraciones Mensuales Para Otros Empleos Nivel Directivo De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones, Telecom: A) Para El Presidente, Doscientos Diez Y Seis Mil Ciento Setenta Pesos ($ 216 170
Decreto 192 de 1987 · por medio del cual se fijan las escalas de remuneración para los empleados de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
A partir del 1º de enero de 1987, establécense las siguientes remuneraciones mensuales para otros empleos nivel Directivo de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom
a)
Para el Presidente, doscientos diez y seis mil ciento setenta pesos ($ 216 170.00).
b)
Para los de Vicepresidente y Secretario General, doscientos seis mil cuatrocientos veintiséis pesos ($ 206.426.00).
c)
Para el de Asistente de la Presidencia, ciento setenta y ocho mil ciento noventa y ocho pesos ($ 178.198.00).
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.