ARTICULO 17. Pasa ser profesor civil de las escuelas de preparación de las Fuerzas militares, es indispensable estar escalafonado como profesor de primera o segunda categoría en el Escalafón Nacional de enseñanza secundaria, creado por la Ley 43 de 1945, o tener un título universitario.
Decreto 150 de 1952 →Vigente
Artículo 17
Pasa Ser Profesor Civil De Las Escuelas De Preparación De Las Fuerzas Militares, Es Indispensable Estar Escalafonado Como Profesor De Primera O Segunda Categoría En El Escalafón Nacional De Enseñanza Secundaria, Creado Por La Ley 43 De 1945, O Tener Un Título Universitario
Decreto 150 de 1952 · Por el cual se reglamenta el artículo 11 de la Ley 82 de 1947 y se adiciona el Decreto número 3404 de 1950
01
El texto del artículo
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02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.