Micelio

Artículo 1

Ley 13 de 1963 · Por la cual se aprueba el Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, adoptado por la Conferencia en su Cuadragésimasexta Reunión, Ginebra 22 de junio de 1962

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1

En el texto de la Constitución Internacional del Trabajo, tal como está actualmente en vigor:

a)

Los números "cuarenta" y "veinte" que figuran en el parágrafo 1 y 2 del artículo 7 serán sustituidos respectivamente por los números "cuarenta y ocho" y "veinticuatro";

b)

El número "diez" que figura en el parágrafo 1 del artículo 7 será sustituido por el número "doce";

c)

El número "diez" citado en el parágrafo 2 del artículo 7 referentes a los representantes que serán nombrados por los Miembros designados ala efecto por los delegados gubernamentales a la Conferencia, será sustituido por el número "catorce";

d)

Suprimir del artículo 7, parágrafo 4 de la Constitución, las palabras: "dos representantes de los empleadores y dos representantes de los trabajadores deberán pertenecer a Estados no Europeos".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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