Objeto. El presente Capítulo tiene por objeto establecer el mecanismo a través del cual el Ministerio de Salud y Protección Social pone a disposición de las entidades territoriales, los recursos que se prevean a nivel nacional para el pago de las atenciones iniciales de urgencia prestadas en el territorio colombiano a los nacionales de países fronterizos.
Se entienden como países fronterizos aquellos que tienen frontera terrestre o marítima con Colombia.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo. 2.9.2.6.1. Objeto. El presente Capítulo tiene por objeto establecer el mecanismo a través del cual el Ministerio de Salud y Protección Social pone a disposición de las entidades territoriales, recursos excedentes de la Subcuenta ECAT del Fosyga o quien haga sus veces, para el pago de las atenciones iniciales de urgencia prestadas en el territorio colombiano a los nacionales de países fronterizos.
Se entienden como países fronterizos aquellos que tienen frontera terrestre o marítima con Colombia.
TEXTO CORRESPONDIENTE A