Micelio

Artículo 185

Organización Administrativa Para El Cobro De Dineros Por Concepto De Multas

Ley 1801 de 2016 · LEY 1801 DE 2016, 29/07/2016, por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las administraciones distritales y municipales dispondrán de la estructura administrativa para el cobro y recaudo de dineros que por concepto de multas se causen.

Parágrafo

En caso de que el responsable del comportamiento contrario a la convivencia susceptible de multa, sea menor de dieciocho (18) años, la multa deberá ser pagada por quien detente la custodia o patria potestad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1801 de 2016