ARTICULO 2 º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el DIARIO OFICIAL. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 2099 de 1985 →Vigente
Artículo 2
º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial
Decreto 2099 de 1985 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 0040 del 29 de julio de 1985, de la Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, mediante el cual se modifica la estructura interna del INDERENA, en el nivel regional, determinada por el Acuerdo número 40 de 1981
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.