° La Comisión Nacional Investigadora creada por el artículo anterior, deberá desarrollar las siguientes funciones
Efectuar un estudio directo en aquellos Departamentos o regiones del país más afectado por el desorden y la delincuencia, con el propósito de localizar el conjunto de móviles determinantes de esos fenómenos y de su perduración.
Presentar al Gobierno el informe o informes sobre el resultado de su misión, acompañándolos de las sugerencias o recomendaciones destinadas a solucionar metódicamente las situaciones analizadas, dando preferencia a las de injusticia creadas por la intimidación o la fuerza, así como a las relativas al despojo de bienes y al desplazamiento de las personas, y
Aconsejar las medidas tendientes a la rehabilitación económica y social de las zonas objeto del estudio practicado y al apoyo que deba prestarse a las víctimas de la violencia o a sus familiares.