Micelio

Artículo 56

Las Entidades Que Hacen Parte Del Presupuesto General De La Nación Que Celebren Contratos Y Convenios Interadministrativos Con Entidades Del Orden Territorial, Y En Donde Se Ejecuten Recursos De Partidas Que Correspondan A Inversión Regional, Exigirán Que Para La Ejecución De Dichos Proyectos, La Entidad Territorial Publique Previamente El Proceso De Selección Que Adelante En El Sistema Electrónico Para La Contratación Pública (Secop), Y Solo Se Podrán Contratar Con Pliegos Tipo Establecidos Por El Gobierno Nacional

Decreto 2590 de 2022 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación que celebren contratos y convenios interadministrativos con entidades del orden territorial, y en donde se ejecuten recursos de partidas que correspondan a inversión regional, exigirán que para la ejecución de dichos proyectos, la entidad territorial publique previamente el proceso de selección que adelante en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP), y solo se podrán contratar con Pliegos Tipo establecidos por el Gobierno nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2590 de 2022