Micelio

Artículo 5

Ley 52 de 1909 · Por la cual se deroga el Decreto Legislativo número 26 de 1906 (sobre Caja de Recompensas a empleados de Correos y Telégrafos), y se fija el personal de la Sección de Suministros, Empréstitos y Expropiaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son aplicables á los empleados de los Ramos Postal y Telegráfico las disposiciones vigentes sobre jubilación por servicios prestados á la República. De las solicitudes de pensiones de esta clase no comprendidas en el artículo 3 °, lo mismo que de cualquiera otra clase de pensiones ó recompensas y de las reclamaciones pendientes ó que se introduzcan, por suministros ó expropiaciones en la última guerra, conocerá la Sección que hoy estudia algunos de estos asuntos en el Ministerio de Hacienda; Sección que constará del siguiente personal: dos miembros, con la asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($ 150) cada uno; en; el Fiscal, ciento veinte pesos ($ 120); un Escribientes para cada uno de los empleados anteriores, con cincuenta pesos ($ 50) cada uno; el Secretario, con cien pesos ($ 100); el Portero Escribiente, con treinta y cinco pesos ($ 35).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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