La matrícula de una nave o artefacto naval será cancelada por la Dirección General Marítima cuando exista alguna de las causales señaladas en el artículo 1457 del Código de Comercio y, además, por las siguientes causales:
Por cargar, transportar o descargar armas de guerra y municiones para su servicio, sin autorización del Gobierno otorgada por el Ministerio de Defensa Nacional;
Por cargar, transportar o descargar deshechos tóxicos, peligrosos o radiactivos, sin permiso de la autoridad competente respectiva; y
c), Por cargar, transportar o descargar sustancias cuya venta, uso o consumo, estén prohibidos en el territorio nacional.