Micelio

Artículo 79

º

Decreto 4841 de 2008 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Durante la vigencia fiscal 2009 y hasta por un monto de cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000), el Gobierno Nacional reconocerá a los Comercializadores Mayoristas de Gas Licuado del Petróleo -GLP- sobre el Precio Máximo de suministro de GLP en la Refinería de Barrancabermeja, un valor de $540 por galón que sea comercializado a través de contratos de suministro en firme con los prestadores del servicio público de distribución de GLP en cilindros, para la atención de usuarios residenciales ubicados en zonas de frontera. La aplicación de este subsidio se hará con sujeción a las disponibilidades presupuestales y de conformidad con los términos y condiciones que para el efecto establezca el Ministerio de Minas y Energía

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4841 de 2008