Micelio

Artículo 1

Declárese De Reserva Nacional Y Aportase A La Empresa Colombiana De Petróleos Para Que La Explore, Explote Y Administre Directamente O En Asociación Con El Capital Público O Privado, Nacional Extranjero, El Área Comprendida Por Los Siguientes Linderos Generales; Se Ha Tomado Como Punto De Partida "a" El Vértice Geodésico "salgar" 202 Del Instituto Geográfico Agustín Codazzi Cuyas Coordenadas Geográficas Son: Latitud 5ª 28`08`` 461 Al Norte Del Ecuador Y Longitud 74º 39' 39'' 068 Oeste De Greenwinch Y Cuyas Coordenadas Gauss Son: Norte 1

Decreto 705 de 1970 · Por el cual se aporta un área a la Empresa Colombiana de Petróleos

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Declárese de reserva nacional y aportase a la Empresa Colombiana de Petróleos para que la explore, explote y administre directamente o en asociación con el capital público o privado, nacional extranjero, el área comprendida por los siguientes linderos generales; Se ha tomado como punto de partida "A" el vértice geodésico "Salgar" 202 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi cuyas coordenadas geográficas son: Latitud 5ª 28`08`` 461 al Norte del ecuador y longitud 74º 39' 39'' 068 Oeste de Greenwinch y cuyas coordenadas Gauss son: Norte 1.096.235.81 metros y Este 935.730.15 metros, De este vértice geodésico con un rumbo verdades S 84º 37' 54'' 26 E a una distancia de 26.139.96 metros hasta encontrar el punto "B" que corresponde al vértice geodésico "Mostrador" 1186 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi cuyas coordenadas geográficas son: Longitud 5º 26' 49" 501 Norte del ecuador. Longitud 74ª 25' 33" 620 Oeste de Greenwinch y cuyas coordenadas Gauss son: Norte 1.093.790.24 metros y Este 961.755.46 metros. De este punto "B" con rumbo verdadero S 23º 30' 55" 72 W y a una distancia de 28.191.28 metros hasta encontrar el punto "C" que coincide con el vértice "C de la propuesta 1378 aceptada por el Ministerio de Minas y Petróleos. De este punto "C" con rumbo verdadero Sur y a una distancia de 22.220.31 metros hasta encontrar el punto "D" que coincide con el vértice "D" de la propuesta 1378 aceptada por el Ministro de Minas y Petróleos. De este punto "D con un rumbo verdadero S 66ª 26' 24" 09 W y una distancia de 14.468.23 metros hasta encontrar el punto "E" de la Concesión renunciada 1188. De este punto "E" con rumbo verdadero Nº 59 01' 41" 2 W y una distancia de 5.630.94 metros hasta encontrar el punto "G" que coincide con el vértice "C" de la Concesión renunciada 809. De este punto "G" con un rumbo verdadero N 10ª 35' 40" 22 W y a una distancia 32.900.92 metros hasta encontrar el punto "H" que corresponde al vértice geodésico "PAL" 201 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi cuyas coordenadas geográficas son: Longitud 5º 15' 44" 598 Norte del ecuador. Longitud 74º 44' 142 Oeste de Greemwicj y cuyas coordenadas Gauss son: Norte 1.073.400.05 metros y Este 920.770.31 metros. De este punto "H" con un rumbo verdadero N 33 13' 44" 54 E y a una distancia 27.299.61 metros hasta encontrar el punto "A" punto de partida de la solicitud, la extensión del área es de 148.321 hectáreas con 3.134 metros cuadrados y está ubicada en los Municipios de guaduas, Caparrapi, Quebrada negra, Villeta, Puerto Salgar, Chaguaní, San Juan de Rio seco en el Departamento de Cundinamarca. Honda, Armero en el Departamento del Tolima y la Dorada en el Departamento de Caldas. Este aporte incluye las posibilidades zonas intermedias menores de cuatro kilómetro de anchura que puedan quedar entre las zonas alinderadas anteriormente y áreas que no estén libre para contratar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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