Micelio

Artículo 2

El Comité Olímpico Colombiano Designará, Con Sede En La Ciudad De Santiago De Cali, El Comité Organizador De Los Primeros Juegos Internacionales Del Pacífico, El Cual Tendrá Funciones Eminentemente Ejecutivas Y Deberá Informar Al Comité Rector Sobre Sus Gestiones

Decreto 229 de 1993 · por el cual se modifica el Decreto 1216 de julio 17 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Comité Olímpico Colombiano designará, con sede en la ciudad de Santiago de Cali, el Comité Organizador de los Primeros Juegos Internacionales del Pacífico, el cual tendrá funciones eminentemente ejecutivas y deberá informar al Comité Rector sobre sus gestiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 229 de 1993