Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: POLICIA NACIONAL CPITULO 7° Personal. Del artículo 79. Para el pago de arrendamiento de locales y terrenos, en el año $ 65.000.00 Material. Del artículo 96. Para viáticos y gastos de transporte, arrendamientos, alumbrado, acueducto, aseo y desinfección, vestuario, correaje y equipo, alimentación, herraje y sanidad de ganado, y demás gastos que demande el sostenimiento de la Policía Rural, en el año 220.000.00 Suman los contracréditos $ 285.000.00 CAPITULO 7° Personal. Al artículo 67. Para sobresueldos del personal de la Policía Nacional, en el año $ 65.000.00 Al artículo 86. Para gastos de vestuario, correaje, equipo, elementos de dormitorio y casino, repuestos y materiales, inclusive el aseguro de los mismos en los Almacenes y Talleres de la Institución, en el año $ 100.000.00 Al artículo 94. Para el pago de vacaciones, gastos del culto, extraordinarios e imprevistos, y pago de saldos anteriores a esta vigencia, en el año 120.000.00 Suman los créditos $ 285.000.00
Decreto 2503 de 1952 →Vigente
Artículo 79
Para El Pago De Arrendamiento De Locales Y Terrenos, En El Año $ 65
Decreto 2503 de 1952 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Policía Nacional)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.