Micelio

Artículo 33

Decreto 2236 de 1987 · por el cual se reglamenta el Decreto 0054 de 1987, sobre funcionamiento del Cuerpo Técnico de Policía Judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los funcionarios y empleados del Cuerpo Técnico de Policía Judicial tendrán derecho a viáticos y gastos de viaje cuando se ausenten del lugar de su sede en ejercicio de sus funciones, a virtud de comisión que le sea impartida mediante resolución del Director Nacional de Instrucción Criminal, el Subdirector Seccional de Instrucción Criminal o del Asesor Seccional de Policía Judicial de conformidad con las disposiciones vigentes sobre remuneración de viáticos y gastos de viaje.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2236 de 1987