º Para efectos del cobro del servicio, las empresas distinguirán entre suscriptores y usuarios. Los primeros son las personas naturales o jurídicas que celebran el contrato de prestación del servicio eléctrico con la empresa, y los segundos, las personas naturales o jurídicas, la unidad familiar o grupos de unidades familiares y la unidad económica o grupo de unidades económicas que utilizan la energía suministrada por la empresa.
Decreto 2545 de 1984 →Vigente
Artículo 3
Para Efectos Del Cobro Del Servicio, Las Empresas Distinguirán Entre Suscriptores Y Usuarios
Decreto 2545 de 1984 · Por el cual se reglamentan los Decretos 3069 de 1968 y 149 e 1976 y se establece a nivel nacional la estructura de tarifas para la prestación del servicio de energía eléctrica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.