Micelio

Artículo 10

Ley 11 de 1908 · Sobre elecciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno formará Circunscripciónes Electorales compuestas de tres Distritos Electorales contiguos.

Cada Circunscripción elegirá tres Representantes y sus respectivos suplentes.

Será cabecera de la Circunscripción Electoral la capital del Departamento que designe el Gobierno, quien procurará que las cabeceras de las Circunscripciónes Electorales lo sean también de las Provincias Electorales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 11 de 1908