Límites de inversión. Las inversiones de los Fondos de Pensiones de Jubilación e Invalidez están sujetas a los siguientes límites
No se podrá invertir más del diez por ciento (10%) del activo total del Fondo en acciones.de una sola sociedad.
No se podrá invertir más del diez por ciento (10 %) del activo total del Fondo en valores diferentes a acciones emitidos por una sola sociedad.
No se podrá invertir en acciones o bonos obligatoriamente convertibles en acciones de una sociedad que excedan el diez por ciento (10%) del número de acciones o el diez por ciento (10%) del número de bonos obligatoriamente convertibles en circulación, respectivamente.
No se podrá invertir en valores emitidos por sociedades que sean matrices y subordinadas unas de otras o subordinadas de la misma matriz, más del veinte por ciento (20%) del activo total del Fondo.