Micelio

Artículo 20

Subdirección De Amenazas Geológicas Y Entorno Ambiental

Decreto 252 de 2004 · por el cual se reestructura el Instituto de Investigación e Información Geocientífica, Minero - Ambiental y Nuclear, Ingeominas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Amenazas Geológicas y Entorno Ambiental . Son funciones de la Subdirección de Amenazas Geológicas y Entorno Ambiental, las siguientes

1.

Identificar, monitorear y evaluar, a nivel regional, las zonas del territorio colombiano sujetas a amenazas naturales, tales como los sismos, erupciones volcánicas y los deslizamientos, con base en el Modelo Geológico Integral.

2.

Adelantar programas de monitoreo y evaluación geoambiental de carácter regional, para evaluar el comportamiento de los fenómenos de origen sismológico, vulcanológico y de remoción en masa.

3.

Desarrollar proyectos y estudios para investigar y modelar el subsuelo con el objeto de prevenir desastres asociados con las condiciones naturales del territorio y apoyar la toma de decisiones en relación con proyectos de desarrollo y el ordenamiento territorial.

4.

Efectuar la compilación, el levantamiento, el análisis y la integración de la información sobre actividad sísmica, volcánica, deslizamientos, impactos ambientales sobre el subsuelo y oportunidades de uso del mismo para fines de ordenamiento territorial.

5.

Producir información cartográfica temática a diferentes escalas, modelos, estudios, diseños y recomendaciones sobre amenazas y riesgos geológicos, medidas de prevención y mitigación y uso potencial del subsuelo.

6.

Registrar los eventos en términos de frecuencia y magnitud para actualizar periódicamente los mapas de niveles de amenaza y riesgo.

7.

Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las disposiciones legales vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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