Registros presupuestales y contables. La aplicación de los recursos según lo previsto en el presente capítulo, deberá reflejarse en el presupuesto y en la contabilidad de la entidad territorial, de acuerdo con los procedimientos definidos en las normas vigentes; el cumplimiento de este requisito se deberá informar al Ministerio del Trabajo. (Decreto 2622 de 2014, artículo 6°) CAPÍTULO 3 OFICINA DE REGISTRO DE CAMBIOS
Decreto 1833 de 2016 →Vigente
Artículo 2.2.10.2.6
Registros Presupuestales Y Contables
Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.