Cuando el impuesto de timbre no se hubiere pagado de acuerdo con el artículo 15, se pagará como sanción, además del impuesto, un recargo del ciento por ciento (100%) del valor de aquél. Dentro de la actuación oficial no se tendrá en cuenta el documento mientras no se dé cumplimiento a lo aquí dispuesto.
Ley 2 de 1976 →Derogado
Artículo 42
Ley 2 de 1976 · Por el cual se reorganizan los impuestos de papel sellado y de timbre y se dictan otras disposiciones en materia de impuestos indirectos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.