Micelio

Artículo 5

Ley 8 de 1975 · Por la cual se dictan algunas normas sobre régimen laboral para la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público y se determinan asignaciones y prestaciones sociales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quien ejerza cualquiera de los cargos de que trata el Artículo inmediatamente anterior sin reunir los requisitos legales para ocuparlo en propiedad, devengará el setenta y cinco por ciento (75%) de la asignación allí contemplada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 8 de 1975