Práctica de pruebas mencionadas por el procesado en su declaración. No podrá limi tarse al procesado el derecho de hacer constar en su declaración cuanto tenga por conveniente para su descargo o para la explicación de su conducta. Las pruebas que mencione en su interrogatorio para demostrar sus aseveraciones se practicarán con el mismo celo que las pruebas de iniciativa del Agente investigador.
Decreto 181 de 1981 →Vigente
Artículo 309
Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.