Micelio

Artículo 75

Las Informaciones, Escritos Y Documentos Que, Cumplimiento De Los Tratados Mencionados, O Por Colaboración Internacional Se Reciban En Colombia Se Remitirán Al Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social, Entidad Que Por Duelo De La Restricción De Estupefacientes, Podrá En Conocimiento De Los Diferentes Organismos O Centros De Estado Aquellas Informaciones Que Puedan Tener Relación Con Sus Actividades Y Que Hayan Sido Recibidas Por Virtud De Colaboración Internacional

Decreto 1727 de 1940 · Por el cual se reglamenta el comercio y el uso de drogas que forman hábito pernicioso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las informaciones, escritos y documentos que, cumplimiento de los tratados mencionados, o por colaboración internacional se reciban en Colombia se remitirán al ministerio de trabajo, Higiene y previsión social, entidad que por duelo de la restricción de estupefacientes, podrá en conocimiento de los diferentes organismos o centros de estado aquellas informaciones que puedan tener relación con sus actividades y que hayan sido recibidas por virtud de colaboración internacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1727 de 1940